El Departamento de Estado fue creado mediante la Sección 6 del Artículo IV de la Constitución del 25 de julio de 1952. Dicha sección dispone que el Gobernador contará con el apoyo de Secretarios de Gobierno, entre éstos, un Secretario de Estado, que nombrará con el consejo y consentimiento del Senado y de la Cámara de Representantes. Asimismo, se establece que el Secretario de Estado es el sucesor constitucional del primer Ejecutivo en ausencia de éste.
Shared 5 years ago
55 views
Shared 5 years ago
249 views
Shared 5 years ago
284 views
Shared 5 years ago
53 views
Shared 5 years ago
83 views
Shared 9 years ago
14 views
Shared 9 years ago
12 views