En TQ formamos equipo con nuestros clientes, aplicamos la optimización de los procesos utilizando los medios tecnológicos y el capital humano como factores claves para conseguir un “tiempo de calidad” que nos permita la cercanía con nuestros clientes y atender sus necesidades en el momento preciso.

Ofrecemos también, un servicio de Gestión Integral de los recursos humanos de la empresa para los clientes que precisen Asesoramiento Laboral, Selección de Personal, Gestión Administrativa Laboral, etc., ponemos a su disposición un Portal Laboral del cliente y del empleado para facilitar la consulta de sus expedientes.

Con 15 años de experiencia en el campo de la gestión y la asesoría hoy nos podemos permitir ofrecer a nuestros clientes GARANTÍA, CALIDAD, CONFIANZA, COMPROMISO Y LEALTAD, principios clave en las relaciones humanas.

#SubvencionesParaEmpresas #ConsultoríaFinanciera #FormaciónaEmpresas #GestióndeRRHH #AsesoríaFiscal

912 75 50 22


Tempus Quality

Informes de valoración: La mejor inversión

¿Qué es el informe de valoración de una empresa?
El valor desde un punto de vista económico se define en su primera acepción como “Grado de utilidad o aptitud de las cosas para satisfacer las necesidades o proporcionar bienestar o deleite”.

De esta definición se deduce que el concepto de valor es un concepto subjetivo que depende del contexto del sujeto que valore. Por tanto, no existe un valor único sino múltiples valores.

Objeto del informe de valoración
Así el objeto del informe de valoración será la obtención de un valor razonable o bien un rango de valores, opción que, veremos más adelante, tiene grandes ventajas.

En síntesis, el informe de valoración de una empresa consistirá en un documento que contenga un análisis fundado y los cálculos correspondientes bajo determinadas hipótesis, cuyo resultado es un valor económico o, mejor aún, un rango de valores que nos permita diversas actuaciones.

¿Cómo se elabora un informe de valoración de empresa?
Existen diversas técnicas para efectuar la valoración de una empresa. Sin embargo, hay dos grandes líneas técnicas destables. La primera que se basa en calcular la capacidad de la empresa objeto de valoración para generar flujos de caja futuros.

Calcular la capacidad de la empresa objeto de valoración para generar flujos de caja futuros
Esta técnica es la de uso predominante, tanto en el ámbito nacional e internacional y consiste en hacer una previsión fundada de los flujos de caja que es capaz de generar una determinada empresa y luego actualizar esos flujos de caja con una tasa de descuento determinada.

La dificultad o limitación de esta técnica radica, por un lado, en la proyección a futuro de los ingresos. Esta dificultad se reduce si la empresa se encuentra en mercados maduros y estables en los que la previsión de ingresos tendrá una alta probabilidad de cumplirse y de forma alternativa sectores de alto crecimiento en sus etapas iniciales de maduración tendrá un nivel de incertidumbre vs riesgo mayor.

La otra dificultad radica en determinar la tasa de descuento a aplicar que, lógicamente, será menor en entornos estables y más elevada en entornos de grandes crecimientos, pero inciertos, como es el de nuevas tecnologías.

Valoración patrimonial de la empresa
La otra técnica que es suele aplicar, aunque de forma residual, es la valoración patrimonial de la empresa y se aplica a Sociedades cuyo valor radica en su patrimonio más que en su capacidad de generar ingresos futuros.

¿Por qué y para que se encarga de realizar el informe de valoración?
El por qué solicitar un informe de valoración tiene que ver con la motivación del empresario, puede que esté pensando en obtener fondos para otro negocio en proyecto, realizar el valor de su empresa para simplemente obtener liquidez, o bien preparar el futuro reparto de una herencia, etc.

Motivaciones
Las motivaciones puedes ser múltiples y diversas como las personas y sus circunstancias cambiantes. El para qué, tiene que ver con la utilidad que le aporta a un empresario disponer de un informe bien fundado de la valoración de su empresa.

En ese ámbito es claro que se reduce sustancialmente la incertidumbre en el proceso de venta y en consecuencia disminuyen mucho los riesgos en un proceso tan importante.

Utilidad de proporcionar un rango de valores en lugar de un valor concreto
El propio Tribunal Supremo en su sentencia 2186/2018 indica que el valor real configura un concepto jurídico indeterminado de imprecisos perfiles, que la Sala de lo Contencioso ha señalado en jurisprudencia constante y uniforme. El valor real no puede arrojar un guarismo exacto sino una franja admisible entre un máximo y mínimo.

Valor máximo y un mínimo dentro de un rango de valoración
Este posicionamiento, que compartimos plenamente, es el aplicado por Tempus Quality en sus informes de valoración. Así la obtención de un valor máximo y un mínimo dentro de un rango de valoración permite al empresario tener un punto de partida (el valor máximo) y un punto de salida de la negociación (el valor mínimo) a partir del cual sacará su empresa de la oferta.

Este planteamiento reduce sustancialmente la incertidumbre y establece claridad en el campo de negociación lo que en nuestra opinión aporta un valor genuino a un informe de valoración de empresa. Es decir, es una inversión no un gasto.

¿Quién se encarga de realizar el informe de valoración?
Realizar un informe de valoración de una empresa es una tarea compleja que requiere amplios conocimientos y experiencias en contabilidad, además de otras áreas del negocio.

Por ello, es necesaria la presencia consultores profesionales y expertos como los que integran el equipo de Tempus Quality, capaces analizar mercado, los estados financieros y otros elementos claves que deben emplear en el desarrollo de un informe de valoración.

Redactar un informe claro, conciso y consistente
Además de tener todos los factores relevantes en cuenta, este profesional debe ser capaz de redactar un informe claro, conciso y consistente, en el que se determine la franja de valores adecuados en la que puede encontrarse una determinada empresa.

Errores cometidos por no valorar la empresa
Realizar un informe de valoración poco preciso, o no realizarlo, puede acarrear dos problemas principales en caso de que se negocie la venta de la empresa.

Grandes cantidades de dinero al estimar
Por un lado, se pueden perder grandes cantidades de dinero al estimar, sin una base sólida, un precio muy por debajo del valor real del negocio.

Descartar compradores interesantes
De lo contrario se pueden descartar compradores interesantes por establecer un precio demasiado alto para un rango razonable de mercado.

3 years ago (edited) | [YT] | 0

Tempus Quality

El tribunal supremo clarifica las condiciones para la entrada en el domicilio por parte de la AEAT

La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha establecido cuáles son las condiciones que se han de dar para la autorización a Hacienda a entrar en el domicilio fiscal frente a la Agencia Tributaria de una empresa, y es importante conocerlas.

Sentencia del Tribunal Supremo

Es en las sentencias 3023/2020 y 3502/2021 del Tribunal Supremo en la que se dejan claras qué condiciones se han de dar dar para que la AEAT tenga autorización para acceder al domicilio fiscal de una empresa a realizar labores de inspección. La sentencia 3502/2021 hace referencia a la sentencia 3023/2020.


Comportamiento ilícito por parte del contribuyente

En ambas queda claro que, en el caso de las inspecciones tributarias, la entrada y registro del domicilio social solo estará justificada cuando sea necesaria para obtener datos imprescindibles que permitan dilucidar si hay o no un comportamiento ilícito por parte del contribuyente. Así pues, la Agencia Tributaria necesitará las autorizaciones correspondientes para acceder al domicilio.


Condiciones para la entrada en el domicilio

Para poder acceder al domicilio de la empresa, la Administración Tributaria deberá contar con el consentimiento de la entidad. En caso de no obtenerlo, deberá disponer de la correspondiente orden judicial.


Se han de dar ciertas condiciones

Para poder obtener la autorización, a la luz de la jurisprudencia del Tribunal Supremo anteriormente citada, se han de dar ciertas condiciones que deberán ser valoradas por el juez competente:

La autorización judicial ha de ser relativa a un procedimiento inspector ya iniciado. Además, se ha de haber notificado al contribuyente el inicio y las pesquisas de dicho procedimiento.

No será necesario anunciar que se va a efectuar la entrada al domicilio del contribuyente, siempre y cuando esto sea una práctica excepcional y esté debidamente fundamentada, atendiendo a las necesidades y características del caso concreto.


La entrada al domicilio deberá ser útil para el proceso de inspección.

La entrada al domicilio debe ser proporcionada. Esto significa que se deberán poner en una balanza los beneficios que esta actuación pudiera suponer para el fin perseguido por la Administración Tributaria y el derecho fundamental que se puede vulnerar. La entrada al domicilio será una medida que se tomará en defecto de otra medida más moderada.

¿Qué es un domicilio constitucionalmente protegido?

De acuerdo con el apartado segundo del artículo 18 de la Constitución española, el domicilio es inviolable, lo que significa que ningún registro podrá llevarse a cabo sin el consentimiento del titular del domicilio o sin la correspondiente orden judicial.

No obstante, del desarrollo de este concepto se ha encargado la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. De esta forma, el domicilio constitucionalmente protegido hace referencia al espacio en el que vive un individuo, independientemente de sus condiciones y características. Además, es indiferente si se trata de del domicilio o de solo una residencia, tanto estable como temporal.


No se refiere a la residencia, sino al domicilio social de la empresa

En cualquier caso, se ha de realizar una precisión con respecto al domicilio constitucionalmente protegido de las personas jurídicas. En este caso, el domicilio constitucionalmente protegido no se refiere a la residencia, sino al domicilio social de la empresa, independientemente de si coincide o no con el domicilio fiscal. En definitiva, este solo se refiere a los espacios físicos en los que se lleva a cabo el desarrollo de la actividad empresarial.


¿Es posible denegar el acceso al domicilio?

Durante un procedimiento tributario, los obligados tributarios deberán colaborar con los inspectores, de modo que no solo tendrán que estar presentes durante la inspección, sino que deberán dar su consentimiento. En el caso de las personas jurídicas, serán los administradores de la entidad quienes darán dicho consentimiento como representantes legales de la misma.


El obligado podrá denegar el acceso al domicilio

No obstante, el obligado podrá denegar el acceso al domicilio constitucionalmente protegido. Además, como se estaría ejerciendo un derecho fundamental (artículo 18.2 de la Constitución), no se derivarían consecuencias, ya que no se considera resistencia a la actuación administrativa. Sin embargo, si los inspectores poseen una autorización judicial, el obligado tributario no podrá denegarles el acceso.


La importancia de contar con un buen asesoramiento

En este sentido, contar con los servicios de nuestra asesoría fiscal es fundamental. Nuestra asesoría, además de llevar a cabo actividades como la valoración por descuento de flujos de caja, informará al empresario sobre sus derechos y obligaciones frente a la Agencia Tributaria.


Tomar mejores decisiones y conocer cómo actuar

Gracias a los servicios de nuestra asesoría, el empresario conseguirá no solo cumplir diligentemente con sus obligaciones fiscales, sino que, además, podrá tomar mejores decisiones y conocer cómo actuar y qué derechos le asisten frente a la Agencia Tributaria cuando se disponga de una autorización a Hacienda.

3 years ago (edited) | [YT] | 0